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Comprendo a los huelguistas y a los no huelguistas, tanto a los que creen que

por el príncipe de las mareas

Comprendo a los huelguistas y a los no huelguistas, tanto a los que creen que defienden un derecho, como a los que piensan que están en el suyo para lo contrario.
La huelga es la medida más drástica con la que cuenta el asalariado para enfrentar a su empresario. Es una medida de presión que pretende decantar a su favor un conflicto creado de antemano, y que no siempre tiene un claro instigador. Un empresario puede tratar de vulnerar ciertos derechos del asalariado, éste se defiende usando de una solución que considera pueda ser efectiva. Cuando la huelga trasciende del ámbito concreto de una empresa y atañe a un número elevado de trabajadores, cuando su ámbito es nacional, multidisciplinar y es promovida por los sindicatos mayoritarios, se denomina general. Aquí pierde su génesis para adaptarse a un nuevo modelo de conflicto; ya no atañe a un colectivo que se enfrenta a la patronal, ahora su desafío va dirigido contra el gobierno de turno. Éste, en el legítimo ejercicio del poder reconocido en las urnas, en su función de garante de los derechos de la ciudadanía, puede emitir decretos no acordes con el sentir popular, puede y de hecho lo suele hacer, legislar de espaldas a lo que una parte sensible de la población considera que vulnera sus derechos. Surge el enfrentamiento, por lo que se debe procurar si no de consensuar las diferencias, al menos tratar de acercar posturas que eviten ese conflicto social.
En España la tradición viene marcada por una clara afinidad ideológica entre un sector de la clase política, y estos sindicatos representantes del colectivo asalariado. Cuando coincide el uno en el gobierno, el otro apenas si demuestra su oposición a sus postulados. Esto podría parecer una lógica consecuencia de esa analogía política, esa similar visión de unos fundamentos comunes, que sin embargo dista en ocasiones de ser real. Las subvenciones millonarias han desarmado a los representantes de los trabajadores, les han restado fuerzas para estar atentos a cualquier violación de esos derechos a los que no dudan en aludir cuando cambia el color político del gobierno. Esto es una realidad que está desvirtuando tanto a la representatividad de aquellos, como desprotegiendo a los que realmente deben ser garantizados en sus aspiraciones.
Las centrales sindicales no deben hacer uso del conflicto colectivo si no es por cumplir con su obligación institucional de defensa de los derechos tanto de afiliados, como de asalariados en general. Cuando la deriva de los sindicatos encalla en los arrecifes del desencuentro, no se favorece al empleado, sea público o privado, al contrario, de esta contienda sale fortalecido el sindicato si el llamamiento ha tenido un seguimiento acorde con las expectativas. Caso contrario el reforzado será el gobierno, ese que considera que sus fundamentos ya no solo son legales, además ha sido legitimado por esa escasa atención de los convocados.

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