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Confinamiento: ¿Galgos o podencos?

por el príncipe de las mareas

La discusión entre las liebres sobre si eran galgos o podencos, les llevó a las fauces de los perros. Ahora, la discusión versa sobre si se limitaron derechos fundamentales —como defiende el gobierno—, o se suspendieron —como propugna el Tribunal Constitucional. Los juristas no se ponen de acuerdo, y no lo hacen, dependiendo de la cuerda a la que estén sujetos. Así, los que se prodigan en alabanzas al Ejecutivo (Jueces para democracia, ex ministros, o ministros en activo) lo tienen meridiano: solo se limitaron derechos fundamentales con el decreto del estado de alarma. Por el contrario, los que no son afines al gobierno, los que defienden su independencia y los que aun estando inactivos creemos que la norma es clara en esta caso, decimos que se suspendieron durante muchos días nuestros derechos fundamentales, como la libre circulación, la libertad de culto, o el derecho de reunión entre otros. El BOE publicó en su día estas limitaciones, que no dejaban de constituir una suspensión de facto y de derecho. Un toque de queda de cinco horas puede suponer una limitación a mis derechos, pero una denegación a salir de mi domicilio, a asistir a misa, a reunirme en paz y sin armas durante tres meses, fue una clara suspensión de mis derechos constitucionales.

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