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por el príncipe de las mareas

El indulto se legisló para corregir una injusticia jurídica, no para transacciones políticas entre delincuentes y gobiernos corruptos. Conceder un indulto al que delinquió sin arrepentimiento, al que amenaza con repetir su conculcación a la ley, y sobre todo al que la sentencia condenatoria en su día, y las circunstancias derivadas de esta, no le han causado un mal mayor del que se pretendía evitar, no resulta una corrección de una injusticia. Escribo a vuela pluma, conforme me vienen las palabras y los conceptos aprendidos en su día, sin pretensiones magistrales, ni charlas vacías que abogan por la compresión de lo baladí. A modo de ejemplo, cuento un caso que conocí, y en el que sí resultaría ajustado al espíritu del indulto.

Nos tocaba detener a un joven veinteañero por una reclamación judicial (una requisitoria) dictada por la autoridad judicial. Se le reclamaban dos años de prisión por haber sido condenado en firme por un delito de robo. El joven en aquel entonces tenía 17 años (la edad penal estaba establecida en los 16), En la actualidad, aquel joven delincuente tenía su vida encauzada, trabajaba, estaba casado y tenía un hijo de corta edad. La justicia había ralentizado su caso, y cuando quiso corregir su conducta, esta ya lo había hecho por la propia voluntad del joven. ¿Resultaba legal detenerlo? Sí, por supuesto. ¿Resultaba justo? Indiscutiblemente, no. Ese es el espíritu de la ley del indulto; no las componendas entre golpistas y gobernantes aferrados a sus escaños.

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